martes, 4 de enero de 2011

Estas son las tarifas de comparendos para 2011


El incremento a las tarifas es proporcional al ajuste de salario mínimo (3.4%) reglamentado por el Gobierno Nacional y rige para todo el país.

Según el Código Nacional del Tránsito Terrestre, si usted es sorprendido en estado de embriaguez, las autoridades de tránsito le impondrán una multa de 798.800 pesos, no portar el cinturón de seguridad por parte de los ocupantes del vehiculo $266.300, no detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo o hacer caso omiso a una señal de pare $532.500.

Las acciones de más alto riesgo que exponen la vida de los actores de la vía serán multadas con 45 salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir $798.800, y son:

Proveer combustible a vehículos de servicio público con pasajeros a bordo. Adicionalmente se suspenderá la licencia de conducción por un periodo de seis meses.

El transportar en el mismo vehículo y al mismo tiempo personas y sustancias peligrosas como explosivos.

Así mismo, conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinógenas y la suspensión de la licencia de conducción por un periodo de ocho meses a un año.

Si un conductor de servicio público se niega a prestar el servicio sin causa justificada, también será sancionado con multa económica de $798.800. Usted podrá denunciar esta arbitrariedad ante la Secretaría de Movilidad o a través de la línea 195 y del módulo de Sugerencias Quejas y Soluciones de la Página Oficial de Bogotá.

Por otro lado, acciones menores como fumar dentro de un vehiculo de servicio público será causa de imposición de comparendo educativo. Igualmente peatones y motociclistas que sean amonestados por no cumplir con las señales de transito tendrán la misma infracción con la advertencia que si no asisten al curso educativo serán sancionados con arresto de uno a 6 días.


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