Revaluada tasa por traslado de cadáveres

El funcionario dijo que se había presentado una mal interpretación de la norma, la cual fue reevaluada y aclaró. “Los parques cementerios sólo tendrán que cancelar la tasa por el traslado de cadáveres al cementerio central, omitiendo ésta exigencia cuando el cadáver es atendido en su totalidad por otra funeraria o servicios exequiales distinta”.
La aclaración se llevó a cabo después de una reunión con representantes de las oficinas de la Subsecretaría de Rentas e Impuestos y la Secretaría Jurídica para socializar el tema, procediendo a oficiar al Cementerio Central para que se ajuste estrictamente a lo contemplado en el acuerdo del Estatuto Tributario.
El Estatuto Tributario contempla el cobro de una tasa de tres salarios diarios por los servicios prestados por el Cementerio Central.
0 Comentarios:
Publicar un comentario
Suscribirse a Comentarios de la entrada [Atom]
<< Página Principal