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sábado, 26 de diciembre de 2009

Amplían responsabilidades por publicidad engañosa


El Tribunal dictaminó que los distribuidores y expendedores también tienen culpa cuando el producto que comercializan atenta contra los derechos del consumidor.

POR HACER parte en la promoción de la adquisición, utilización o disfrute de un bien o servicio, los distribuidores y expendedores también son responsables por la publicidad engañosa que atente contra los derechos de los consumidores o usuarios, dictaminó el Consejo de Estado.

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo citó el artículo 78 de la Constitución que establece las responsabilidades de los productores y comercializadores de bienes y servicios, para señalar que los distribuidores y expendedores también deben ser sancionados por inducir al engaño a los consumidores.

Vea más en: Cúcuta Empresarial


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