Amplían responsabilidades por publicidad engañosa
El Tribunal dictaminó que los distribuidores y expendedores también tienen culpa cuando el producto que comercializan atenta contra los derechos del consumidor.
POR HACER parte en la promoción de la adquisición, utilización o disfrute de un bien o servicio, los distribuidores y expendedores también son responsables por la publicidad engañosa que atente contra los derechos de los consumidores o usuarios, dictaminó el Consejo de Estado.
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo citó el artículo 78 de la Constitución que establece las responsabilidades de los productores y comercializadores de bienes y servicios, para señalar que los distribuidores y expendedores también deben ser sancionados por inducir al engaño a los consumidores.
Vea más en: Cúcuta Empresarial
0 Comentarios:
Publicar un comentario
Suscribirse a Comentarios de la entrada [Atom]
<< Página Principal