jueves, 22 de julio de 2010

Sigue confusión judicial en atención a desplazados


Ayer, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá revocó el fallo de tutela proferido por el Juzgado 32 Penal del Circuito de Bogotá que ordenaba a Acción Social el pago de la Atención Humanitaria retroactiva para más de mil quinientos desplazados, representada en unos 30 mil millones de pesos.

Según este fallo de segunda instancia, la ayuda humanitaria es “temporaria e inmediata y está encaminada a acciones de socorro”. Además, señaló que el juez 32, con su decisión de primera instancia, desnaturalizaría "no sólo la acción constitucional de tutela sino la misma esencia de la ayuda humanitaria" y aseguró que con el fallo de tutela desbordó "los límites de competencia del juez de tutela".

De igual manera, el Tribunal hizo énfasis en la improcedencia de ordenar, mediante fallo de tutela, la entrega de la atención humanitaria en forma retroactiva, pues ésta no es un crédito a favor de la población en situación de desplazamiento.

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