En duda cobro de impuestos vivos de Emergencia Social
A PESAR de que la Corte Constitucional declaró inexequible la Emergencia Social a la que acudió el Gobierno para enfrentar la crisis financiera en la salud, pero dejó vigente hasta diciembre venidero la aplicación de los impuestos que generan recursos frescos, para no ahondar el riesgo en que se encuentra este sector, estos ingresos no están asegurados porque con el fallo se creó un limbo jurídico.
Así lo advirtió en diálogo con los medios el ex presidente de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández. “Para los contribuyentes de esos impuestos allí creados, por ejemplo en el Decreto 127 ó en el 130, cuál es el fundamento de la obligación que tienen de pagar el tributo. El fundamento no es la ley porque esos impuestos no están en la ley, en la forma y con las tarifas que allí se contemplaban, ni tampoco lo pueden hacer los decretos porque éstos fueron declarados inexequibles, expresamente el 127 fue declarado inexequible, ni tampoco había facultad para expedir esos decretos”, explicó.
Hernández se preguntó: ¿Cuál es la base jurídica de la obligación tributaria?, no existe o se la inventó la Corte. De modo que de aquí al 16 de diciembre, esas personas contribuyentes van a estar pagando un impuesto que no tiene base en norma alguna, y creo yo que podrían interponer la excepción de inconstitucionalidad para pagar esos impuestos”, explicó el ex magistrado.
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