La intervención de los juristas ante el tribunal constitucional señala siete razones para no admitir la convocatoria reeleccionista
LA INEXEQUIBILIDAD de la ley que convoca al referendo reeleccionista fue solicitada a la Corte Constitucional por el ex procurador Edgardo Maya y el ex magistrado Alfredo Beltrán.
La impugnación fue presentada por Beltrán y Maya ante el magistrado sustanciador Humberto Sierra, en compañía de las juristas Fanny Lucía Castellanos y Carmenza Isaza.
Los intervinientes señalaron en su exposición siete razones para solicitar la inexequibilidad del referendo.
La primera ilumina las otras seis: “La nuestra es una Constitución rígida y no flexible. Es decir, las normas atinentes a su reforma son de derecho estricto, de cumplimiento ineludible e integral y de interpretación restringida”.
Financiación
De los artículos 30, 97 y 98 de la Ley 134 de 1994 se desprende que “son dos entonces las certificaciones que han de expedirse por la autoridad electoral: i) que el número de ciudadanos que apoyan esa iniciativa popular sea de por lo menos el 5 por ciento de los integrantes del censo electoral en la fecha respectiva; y, ii) que no se excedió el monto máximo de dinero privado con el cual podría contribuirse a sufragar los gastos del proceso de recolección de firmas”.
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