miércoles, 1 de abril de 2009

Jueces no pueden ordenar rectificar opiniones: Corte


Culminó uno de los litigios que tiene el magistrado José Alfredo Escobar contra varios medios de comunicación. La Corte Constitucional puso límite a las rectificaciones.

AL CONSIDERAR que no se puede ordenar la rectificación de opiniones sino de informaciones, la Corte Constitucional se abstuvo de dictaminar una nueva rectificación al director de la revista Semana, Alejandro Santos, a favor del magistrado del Consejo Superior de la Judicatura José Alfredo Escobar Araujo.

En consecuencia, Santos Rubino no tendrá que pagar tres días de cárcel, como lo había ordenado el Juzgado 16, por no haber rectificado la información que le ordenó un juez y el Tribunal Superior de Bogotá.

Este último Tribunal le había ordenado hacer una nueva rectificación al periodista, con varias exigencias, al considerar que la primera que había hecho no era suficiente; pero según la Sección Quinta de Revisión de la Corte Constitucional, dichas exigencias son exageradas por desconocer las reglas jurisprudenciales del derecho de rectificación.

Vea más en: Cúcuta Jurídica

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