sábado, 14 de marzo de 2009

Exequibilidad condicionada para la emergencia social


Aunque el alto Tribunal ya había dictaminado que la emergencia social se ajustaba a la Constitución, faltaban por revisar los decretos económicos.

AL CONSIDERAR que los decretos expedidos por el Gobierno en la emergencia social para conjurar la crisis del derrumbe de las pirámides no violaron la Constitución, la Corte Constitucional declaró exequibles las últimas dos normas que hacía falta por revisar.

Sin embargo, el alto Tribunal hizo un condicionamiento en una de ellas. En el Decreto 4334 del 2008, por el cual se expide el procedimiento de intervención de las captadoras de dinero, la corporación declaró inexequible un inciso en el que el Gobierno le da competencia a las superintendencias de Sociedades y Financiera para realizar cualquier acción que estimen necesaria para llevar a cabo los fines de la intervención.

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