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jueves, 29 de enero de 2009

Reclasificación de reclusos sólo opera por buena conducta


EL Inpec estaba negando este beneficio a aquellos que habían sido condenados por un juez especializado y no habían cumplido el 70% de la pena.

POR HABER modificado la ley, la Corte Constitucional le hizo un llamado de atención al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) para que deje de negar el beneficio de reclasificación del nivel de seguridad de las cárceles a los reclusos que lo solicitan.

De esta manera, la alta Corte comprobó que el Inpec estaba modificando la Ley 65 de 1993 con el pretexto de reglamentarla, pues la dirección de la entidad exigía como requisitos para acceder a la reclasificación de los presos el no haber sido juzgado por un juez especializado y haber pagado el 70% de la condena.

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