En marzo pasado, la Corte Constitucional declaró inexequible parte de la norma que establecía las inhabilidades para parientes de mandatarios y algunos servidores públicos
UNA DE las primeras acciones del nuevo procurador Alejandro Ordóñez con impacto regional es la solicitud que hizo el despacho a su cargo a la Corte Constitucional para que declare la inconstitucionalidad de parte de la norma que establece las inhabilidades de los diputados.
El Ministerio Público considera que el Legislador extralimitó sus funciones en parte de la Ley 617 de 2000, en donde se establecen las inhabilidades de los diputados.
El numeral a que se hace referencia establece que “No podrá ser inscrito como candidato ni elegido diputado:(…) 5. Quien tenga vínculo por matrimonio, o unión permanente, o de parentesco en segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con funcionarios que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo departamento; o con quienes dentro del mismo lapso hayan sido representantes legales de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social de salud en el régimen subsidiado en el respectivo departamento (…)”
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