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jueves, 2 de octubre de 2008

Por homicidio agravado serán procesados los padres que golpeen a sus hijos y les causen la muerte


La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a 10 años a María Patricia García, quien mató de un golpe en la cabeza a su hijo adoptivo de dos años de edad.

El menor luchó por su vida en el hospital Pablo Tobón Uribe de Medellín, donde murió de un trauma cráneo encefálico.

La defensa pretendía anular el proceso o que se le aplicara un delito menor alegando que la intención de esta madre no era el de matar a su hijo.

Ante esta situación, la Corte señaló que los padres que golpeen a sus hijos y les ocasionen la muerte no pueden alegar que lo hicieron accidentalmente, ya que ellos saben que corren un riesgo probable cuando agreden a los menores.

“La condición de ser humano la mayor de edad de la madre, el instinto de vida y de conservación de la especie le permiten dimensionar perfectamente los resultados del castigo, independientemente del grado de instrucción y de ingenuidad profunda de la madre”, señala la Sala Penal.

Con ponencia del magistrado Alfredo Gómez Quintero, se preguntó la Corte, cómo no advertir que con golpes contundentes propinados en la cabeza de un niño de dos años se le puede ocasionar la muerte.

“La índole de gravedad, intensidad y repetición de los golpes la zona vulnerada y sus graves consecuencias no permiten deducir otra cosa que en este caso se incurrió en el delito de homicidio agravado”, señalo el alto tribunal.

Dice la Corte que con los antecedentes de maltrato se evidencian castigos indiscriminados ocasionados en distintas épocas.

Agrega el alto tribunal que lo evidente y conmovedor es que la madre asumió de manera consciente el riesgo del resultado al imponer un castigo que sobrepasa la capacidad del cuerpo del niño, quien finalmente no pudo soportar el golpe.

Al estudiar el caso la corte encontró que la madre asumió un riesgo probable al golpear a su hijo lo cual le ocasionó la muerte.

En suma la Corte señala que la procesada conocía perfectamente los golpes desmedidos y que el maltrato a un ser de tan escasa edad podría causarle la muerte y aunque actuó llevándolo al médico, ella asumió la eventualidad de eliminarlo.

Los dictámenes médicos evidencian que el menor tiene golpes como si hubiera sufrido un accidente de tránsito a grandes velocidades.

Otra prueba es que los vecinos dieron cuenta de los golpes al menor y que incluso lo oían llorar además que los bañaba a media noche.

La condena se basó también en el testimonio de su hermanito de 6 años quien relató la forma en que le fueron propinados los golpes.

La Corte ordenó investigar por que la Fiscalía mantuvo inactivo el proceso durante un largo tiempo.

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