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sábado, 12 de julio de 2008

"El que pegue por detrás paga" ya no será la norma

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Un fallo de la Corte Suprema de Justicia le puso el tate quieto a la popular ley de que ‘el que da por detrás paga’, en asuntos relacionados con incidentes de tránsito.
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Desde ayer y en adelante la responsabilidad en los accidentes de tránsito recaerá, no sólo en los implicados directos, sino también en terceros que por su imprudencia hubieran motivado el siniestro.
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Así lo determinó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al considerar responsable de un accidente vial al conductor de una tractomula quien, por adelantar en curva y en una zona donde estaba prohibido, provocó la muerte de una mujer que viajaba como parrillera en una motocicleta, detrás del pesado automotor.
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La jurisprudencia se dio a partir del fallo, cuyo ponente fue la magistrada María Del Rosario González de Lemus, quien condenó a Jorge Luis Cárdenas, un conductor de una tractomula que adelantó en curva; como resultado de la maniobra, Jessica Lorena Araque pereció.
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El conductor fue sentenciado a 35 meses de prisión por el delito de homicidio culposo. Los hechos ocurrieron en la vía San Gil-Bucaramanga.
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De ahí que el abogado defensor Carlos Ochoa sostenga que ahora con la sentencia del alto tribunal “queda en evidencia que está revaluada la tesis de que quien pega por detrás paga, ya que los conductores deberán manejar con pies de plomo, pues de lo contrario les espera la cárcel”.
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La conducta imprudente del conductor, dijo la Corte, “fue determinante para la muerte de Jessica Lorena Araque”, reza el fallo.
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Para el alto tribunal es claro que “la maniobra imprudente de un conductor en carretera de sobrepasar un vehículo en curva, máximo cuando como en este caso se pretendía adelantar dos vehículos de gran envergadura al mando de otro de similares dimensiones, representa una gran amenaza”.
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Por esta razón el pronunciamiento fue más allá, pues la Corte Suprema consideró que además del peligro que corría el vehículo con el cual la tractomula hubiera podido haber impactado de frente, el mismo peligro lo corrieron quienes viajaban tras los dos automotores.
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Y eso fue lo que sucedió en el caso de Jessica Lorena, quien viajaba en compañía del agente de Policía Camilo Ernesto Ropero Mateus, quien conducía la moto dentro de los límites de velocidad permitidos, pero a muy corta distancia de la tractomula con la cual finalmente chocó.
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En sus propias palabras
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"El conductor imprudente generador del riesgo inicial debe responder por todos los resultados producidos, directamente conectados con su actuar contrario a derecho”. Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
El Pais

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