Fue entregado en adopción hijo de menor a la que no se le permitió abortar
Liliam Amparo Contreras, directora regional del Icbf, aseguró que por ser producto de un acceso carnal violento, su madre y su abuela manifestaron que no querían ver al bebé.
El niño está próximo a su primer año de vida. Por ley, a las familiares se les concedió un mes para que revocaran esa decisión, pero pasado el término la ratificaron.
La Corte Constitucional ordenó indemnizar a la madre, de 13 años, porque la red de clínicas afiliadas a la EPS Coomeva, en Cúcuta, no le practicó el aborto tras haber sido violada.
"El niño tuvo la mejor de la suerte porque cayó en manos del ICBF. Lo importante fue que no abortó, que al bebé se le dio todo el cariño y el afecto y se inició el proceso que ordena el Código de Infancia y Adolescencia, respecto a los trámites legales", dijo Contreras.
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Recordó que, según el Artículo 75 del Código, todos los documentos y actuaciones administrativas y judiciales del proceso de adopción son reservados por 20 años y solo podrán expedirse o dar información a los adoptantes, a la Procuraduría, la Fiscalía y la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura para efectos de investigación.
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La menor fue llevada a dar a luz a su hijo prematuro en la Clínica San José de Cúcuta, donde nació a mediados de junio pasado, luego de que la niña tuvo algunas complicaciones de salud.
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El Tiempo
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